¿Qué es una Spin-off?

Spin-off universitaria: ideas básicas

La spin-off universitaria es aquella empresa de nueva creación, cuya iniciativa parte del personal universitario para transferir al mercado aquel conocimiento, tecnología o resultado de investigación generado en el ámbito universitario, de alto valor añadido y con potencial económico.

En el caso concreto de la UIB la spin-off tiene que cumplir las características siguientes:

  • Que tenga su origen en la actividad de investigación de la Universidad.
  • Que cuente en su promoción y creación con el personal investigador de la UIB, con posible colaboración de terceros.
  • Que la iniciativa empresarial esté basada en la explotación de la investigación generada en la Universidad.
  • Que la UIB participe en su capital social directamente o indirectamente y obtenga contraprestaciones por la actividad de promoción.
  • Que sea aprobada por los órganos competentes de la Universidad.

Ventaja de las spin-off de la UIB

  • Posibilidad de levantamiento de incompatibilidades y excedencias del PDI.
  • Adquisición de licencias de explotación de tecnologías desarrolladas en la UIB en condiciones ventajosas.
  • Posibilidad de uso de instalaciones y equipos de la UIB en los primeros años.
  • Apoyo en los trámites de constitución de la empresa.
  • Apoyo y asesoramiento en presentación de propuestas de proyectos de I+D+i.
  • Asesoramiento en la protección de los derechos de propiedad industrial y solicitud de patentes.

La normativa distingue entre:

  1. Empresas derivadas (spin-off): basadas en resultados de investigación de la UIB, con participación de su personal investigador y de la Universidad en el capital social.
  2. Empresas emergentes (start-up): empresas innovadoras creadas en el entorno universitario, pero sin explotar resultados de investigación de titularidad de la UIB (art. 2. b y 2. c).

Una empresa derivada de la UIB es una entidad privada creada para explotar comercialmente los resultados de la investigación generados total o parcialmente en la Universidad, con participación del personal investigador de la UIB y de la propia universidad, normalmente a través de la FUEIB, en su capital social.

El personal investigador de la UIB (profesores, investigadores, personal técnico o de gestión implicado en tareas de investigación). Además, la Universidad puede involucrarse directa o indirectamente (a través de la FUEIB) como socia de la empresa.

Se deben cumplir los siguientes requisitos previos (art. 4):

  1. Disponer del equipo promotor adecuado.
  2. Disponer de una protección adecuada para el resultado de investigación que se explotará.
  3. Disponer de un plan de negocio viable desde el punto de vista técnico, económico-financiero y comercial, y alineado con los valores de la UIB.
  4. Disponer de una propuesta clara de colaboración con la UIB (que incluya participación en la empresa y contraprestación económica por el uso de recursos de la UIB).

A través de la FUEIB podrá recibir información, asesoramiento y apoyo para el cumplimiento de los requisitos mencionados.

Se debe presentar la siguiente documentación:

  1. Solicitud formal (enlace documento) firmada electrónicamente.
  2. Plan de empresa (enlace documento).
  3. Solicitudes de compatibilidad o excedencia (si aplica) para el personal investigador involucrado (art. 5.1) (enlace documento) firmadas electrónicamente.

La propuesta se enviará a la siguiente dirección de correo electrónico: uibempren@fueib.org. Esta propuesta será evaluada por la Fundació Universitat-Empresa (FUEIB) y el Vicerrectorado de Innovación y Transformación Digital para asegurar el cumplimiento de los requisitos.

Si la evaluación es positiva, se negociarán las condiciones de participación de la UIB en la empresa: el pacto entre socios y el acuerdo de licencia a través del cual se transfiere la tecnología a la empresa. El conjunto de documentación preparada se someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno y, finalmente, será ratificado por el Consejo Social. Una vez obtenidos los certificados de aprobación, podrá iniciarse el proceso de constitución y firma de la documentación.

La empresa reconocida como spin-off puede beneficiarse de servicios específicos que ofrece la UIB, acceso preferente a infraestructuras, asesoramiento especializado por parte de la FUEIB y el derecho a utilizar el logotipo oficial de empresa derivada de la UIB. Además, puede recibir apoyo institucional para promover sus actividades.

El personal investigador puede participar en empresas derivadas, siempre que obtenga la autorización correspondiente, de la siguiente manera:

  1. Participar como socio con más del 10% del capital social de la empresa.
  2. Formar parte de los órganos de administración de la empresa.
  3. Prestar servicios a través de la figura del contrato art. 60 de la LOSU.
  4. Trabajar en la empresa a tiempo parcial sin que esta situación afecte su jornada laboral en la UIB.
  5. Solicitar excedencia temporal para dedicarse al proyecto a jornada completa.

Sí, es posible, siempre que se soliciten y obtengan las autorizaciones pertinentes de compatibilidad o excedencia temporal según las normativas de la Ley de Ciencia (LCTI) y la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). Se deben respetar en todo momento las normativas sobre incompatibilidades aplicables al personal de las administraciones públicas.

Si la UIB opta por salir de una empresa derivada, habitualmente mediante la venta de sus participaciones, el contrato de transferencia tecnológica suele permanecer vigente, salvo que se acuerde lo contrario. También se fomenta la continuidad de la colaboración entre ambas partes en áreas de investigación, desarrollo tecnológico y educación. La decisión final corresponde al Consejo de Gobierno y al Consejo Social de la UIB.

Se podrá solicitar formalmente la desvinculación de la UIB, explicando los motivos y proponiendo una relación futura. La desvinculación implica la pérdida del acceso a servicios e instalaciones de la UIB, así como el levantamiento de incompatibilidades para el personal investigador.

No. Aunque pueden usar el logotipo oficial de empresa derivada de la UIB, estas empresas no están autorizadas a incluir en sus denominaciones, marcas o publicidad comercial el nombre completo «Universidad de las Illes Balears» ni la sigla «UIB».

Debes presentar una solicitud de reconocimiento y seguir el mismo procedimiento que una empresa nueva. Debes incluir un informe de auditoría externa sobre la situación financiera, fiscal, legal y tecnológica de la empresa (art. 7).