Convocatoria de fomento a la innovación y la transferencia

Esta actuación se realiza en el marco del programa de fomento a la innovación y la transferencia de resultados de investigación de la UIB, gestionado por la FUEIB.

El objetivo es financiar actividades para impulsar la transferencia de resultados de investigación y conocimientos generados por el PDI de la UIB a fin de divulgar sus resultados, servicios y tecnologías en las empresas y en la sociedad en general; establecer contactos con empresas y entidades para la transferencia de resultados de investigación, la participación en proyectos conjuntos, o la firma de acuerdos de colaboración.

Información destacada

Consulte, a continuación, más información sobre la convocatoria:

Las actividades que se pueden financiar son las siguientes:

  • Asistencia a acontecimientos dirigidos a la transferencia de resultados de investigación: ferias, foros, encuentros de transferencia tecnológica (brokerage events), etc.
  • Organización de jornadas y seminarios de transferencia de conocimiento.
  • Elaboración de material promocional relacionado con los anteriores.
  • Otras acciones alineadas con los objetivos de la convocatoria.

En ningún caso no se financiará la asistencia en congresos científicos.

El presupuesto total destinado a esta actuación es de 3.000 euros.

El importe máximo por ayuda será de 1.500 euros, cantidad que se mantendrá siempre que haya crédito adecuado y suficiente.

El procedimiento de concesión de ayudas para sufragar los gastos asociados al proyecto será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la evaluación de las solicitudes en función de los criterios de valoración referidos en este documento.

En particular, las ayudas podrán destinarse a los conceptos siguientes:

  • Gastos de asistencia a acontecimientos: inscripción, viaje y alojamiento.
  • Gastos de organización de acontecimientos: ponentes, espacios, café, etc.
  • Gastadas de elaboración de material promocional: folletos, página web, merchandising, etc.

En ningún caso no se financiarán honorarios de PDI o de la UIB.

El IVA de los importes anteriores no está incluido.

Cada proyecto se evaluará de manera individual, teniendo en cuenta:

  • En el caso de asistencia a acontecimientos, se valorará la participación activa al acontecimiento (p. e. presentación de un prototipo, presentación de una patente, etc.).
  • En el caso de organización de acontecimientos, se valorará que participen empresas.
  • En el caso otras acciones dirigidas a fomentar la transferencia, se valorará la alineación con los objetivos de la convocatoria.
  • La fecha de recepción de la propuesta.

Las solicitudes se evaluarán a medida que se reciban y las ayudas se adjudicarán hasta que se agote el presupuesto destinado a la convocatoria.

Puede participar en esta convocatoria personal investigador vinculado estatutariamente o contractualmente con la UIB.

Cada investigador puede solicitar un máximo de una ayuda cada año, y por el caso de actuaciones con múltiplos investigadores (p. e. unidades de innovación), solo se puede solicitar una ayuda por tipo de actuación.

Cada solicitante tendrá que presentar el formulario de solicitud con la siguiente información:

  • Resumen de la actividad a desarrollar, especificando las fechas de inicio y fin.
  • Presupuesto.
  • Si procede, otras ayudas económicas solicitadas -públicos o privados.

La comisión de valoración podrá requerir posteriormente, para cada solicitud, la información adicional que estime oportuna.

El programa estará abierto permanentemente y hasta terminar el presupuesto.

Se pueden solicitar ayudas para actividades que se inicien a partir del 1 de mayo. 

Podéis resolver dudas o hacer consultas al teléfono 971 25 24 60 o escribiendo a otri@fueib.org

La comisión, formada por la vicerrectora de Innovación y Transformación Digital (o quien delegue), el director de la Fundació Universitat-Empresa de les Illes Balears (o quienes delegue) y la directora de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) (o quien delegue), evaluará las solicitudes presentadas y resolverá en un plazo de quince días desde la fecha de presentación de las solicitudes.

La gestión económica de esta ayuda es competencia de la FUEIB.

Se tendrá que presentar a la FUEIB un breve resumen de las actuaciones realizadas y los hitos conseguidos en el plazo de un mes a partir de la fecha de finalización de las actividades. La no presentación de esta memoria justificativa podrá suponer la denegación de solicitudes posteriores.

En caso de superávit, este se devolverá automáticamente a la FUEIB.

La adjudicación de una ayuda, tanto si se ha abonado el importe como si no, podrá ser revocada en caso de que se descubra que en la solicitud se ocultaron o falsear datos, hecho que puede comportar la denegación de solicitudes posteriores.

Documentación

Tramitación

Persona solicitante

Adjuntar anexo de solicitud