Curso Oficial de Formación Pedagógica y Didáctica Equivalente (60 ECTS)

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Primer periodo de preinscripción

Periodo de preinscripción y matrícula:

1. Preinscripción: 30 de maig - 24 de juny de 2024. Las personas interesadas tendrán que formalizar la preinscripción en línea e incorporar a la misma plataforma el DNI y una declaración responsable según modelo que puede consultar en el margen derecho de esta página web.

2. Publicación de la lista provisional de alumnado admitido: 28 de junio

3. Periodo de alegaciones: 1 - 5 de julio

4. Publicación de la relación definitiva de personas admitidas: 12 de julio

5. Formalización de matrícula: del 15 de julio al 22 de julio

En el caso de que durante el periodo de matriculación las personas admitidas no presenten la documentación y/o no hagan el pago correspondiente quedarán excluidas por la realización del curso y se dará plaza a las personas de la lista de espera

Criterios objetivos Declaració responsable COFPDE 2024/25

Acreditación lengua extranjera

A efectos de acreditar el nivel B1 de lengua extranjera, se tiene que considerar válida la certificación del nivel B1 o superior de las escuelas oficiales de idiomas, así como los certificados recogidos en el siguiente listado, vigentes entre la inscripción y la certificación del COFPDE.

Importante revisar minuciosamente las condiciones establecidas en el listado para la obtención del nivel a acreditar, ya que una de las condiciones que establece es que:

"En los exámenes multinivel se reconoce como nivel del certificado el mínimo obtenido en cualquier de las destrezas, con independencia del nivel global que figure en el documento."

Siendo así, para poder obtener el nivel B1 y sea válido es imprescindible que todas las destrezas reflejen este nivel o superior.

Certificaciones idiomas válidas

Acreditación lengua catalana para la selección

Para la acreditación de nivel de catalán exigido para el ejercicio de la docencia en el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, se consideran válidos:

- Los certificados recogidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, por la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB n.º 34, de 12 de marzo).

- Resolución de la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato según la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 por la cual se regulan la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Consellería de Educación, Cultura y Universidades y la exención de la evaluación de la lengua y la literatura catalanas en la enseñanza reglada no universitario, y los procedimientos para obtenerlas (BOIB n.º 115, de 26 de agosto).

- Resolución de otorgamiento de la equivalencia del nivel de la Dirección General de Política Lingüística.

Curso, Eivissa, Formentera, Mallorca, Menorca, Semipresencial